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REPUBLICA ARGENTINA

viernes, 24 de junio de 2011

LA EVALUACION DEBE ATENDER A LOS DISTINTOS ESTILOS Y RITMOS DE APRENDIZAJE

Durante el proceso de enseñanza-aprendizaje, la evaluación debe atender a los distintos estilos y ritmos de aprendizaje, a la vez que respetar la diversidad cultural de los alumnos y propiciar la compensación de las desigualdades iniciales.
Principios:

• La calificación debe reflejar el nivel de logro alcanzado por un alumno en un determinado momento del proceso de aprendizaje.

La concreción de este principio supone considerar que:

a. La calificación debe ser la resultante de una lectura interpretativa de los logros alcanzados por el alumno durante el periodo evaluado y no el producto de una operatoria cuantitativa consistente en sumar y promediar calificaciones parciales.

b. Al suprimirse la operatoria cuantitativa, las calificaciones obtenidas en las primeras etapas del año no tendrán un peso definitorio en la calificación final. Constituirán un elemento de juicio mas, que deberá ser ponderado junto con todas las evidencias recogidas durante el resto del proceso.

• instrumentación de instancias complementarias de carácter compensatorio, forma parte de la responsabilidad en forma del sistema educativo de garantizar a todos los alumnos las oportunidades necesarias para el logro de los aprendizajes previstos.

La concreción de este principio supone considerar que:

a. La evaluación debe atender a los distintos estilos y ritmos de aprendizaje, a la vez respetar la diversidad cultural de los alumnos y propiciar la compensación de las desigualdades iniciales.
b . La evaluación, en las instancias compensatorias tendrá la misma exigencia que en los restantes momentos del proceso educativo.

c. Las decisiones de acreditación deben atender la singularidad de los procesos de aprendizaje, sin que implique un detrimento del nivel de exigencia y, por lo tanto, de calidad de logros, en la medida en que se formalice a partir de criterios claramente establecidos.

• La organización de instancias institucionales para la conformación de equipos docentes responsables en forma compartida de los procesos de evaluación de los alumnos es una característica deseable del nuevo modelo de institución educativa.
La concreción de este principio supone considerar que el equipo docente deberá:

a. Elaborar y revisar criterios compartidos para la evaluación de los aprendizajes.

b. Proponer e implementar procesos de mejoramiento de las actividades de enseñanza y aprendizaje en función de resultados de aprendizaje obtenidos por los alumnos.

c. Proponer y colaborar en la organización de adecuaciones curriculares para los alumnos con necesidades educativas especiales.

• El diseño de los procesos evaluativos deberá tener en cuenta los contenidos actitudinales quc se pretende que los alumnos aprendan.

Este principio supone:

a. Integrar en las prácticas evaluativas los distintos tipos de contenidos curriculares con la finalidad de tomar decisiones oportunas y pertinentes quc permitan superar obstáculos y afianzar logros, reconociendo que:
* Los distintos tipos de contenidos no tienen el mismo alcance en relación con la acreditación de los espacios curriculares y la promoción de los alumnos, aun cuando todos deben ser objeto de evaluación.

* Los contenidos actitudinales no pueden ser considerados en si mismos como parámetros para las decisiones de acreditación y promoción, dado el carácter altamente inferencial y subjetivo de los procesos evaluativos que los involucran.

* Los contenidos actitudinales intervienen en la acreditación global de un espacio curricular por su inclusión en las expectativas de logro, integrados a aspectos conceptuales y procedimentales.

b. Dar cabida en el proceso evaluativo a la participación de todos los actores de las situaciones pedagógicas, incluyendo a los alumnos.