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Trabajo: Dirección General de Desarrollo Profesional. CPE - Santa Cruz


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REPUBLICA ARGENTINA

miércoles, 15 de enero de 2014

GLOSARIO DE BASE

Establecimiento Educativo: Es la unidad donde se organiza la oferta educativa, cuya creación o autorización se registra bajo un acto administrativo –ley, decreto, resolución o disposición. Existe una autoridad máxima como responsable pedagógico y/o administrativo, con una planta orgánico- funcional asignada, para impartir educación a un grupo de alumnos. El establecimiento constituye la unidad organizacional que contiene en su interior a la/s unidad/es educativa/s, las cuales forman parte del establecimiento y se corresponden con cada uno de los niveles de enseñanza para los cuales se imparte educación. Dicha educación puede darse en el mismo lugar físico donde se encuentra el responsable pedagógico y/o administrativo, fuera del mismo, o en forma combinada, independientemente de la organización y modalidad de prestación (presencial o a distancia). Para la educación formal, el establecimiento puede organizar el servicio en una o más unidades educativas. 
Sede: Es el lugar donde cumple sus funciones la máxima autoridad del establecimiento como responsable pedagógico y/o administrativo.  La sede puede no tener alumnos. Anexo: Es la sección o grupo de secciones que depende administrativa y/o pedagógicamente de un establecimiento sede y funciona en distintos lugares geográficos.  
Unidad de gestión escolar (UGE): A los fines del Censo se definen como aquellas instancias de gestión que están directamente vinculadas con la supervisión y orientación del servicio educativo que brindan los establecimientos educativos. Son los llamados distritos escolares, sedes de supervisión u otras denominaciones similares según la terminología utilizada en las distintas jurisdicciones.  
Sector de Gestión: Alude a la responsabilidad de la gestión de los servicios educativos. La gestión puede ser estatal o privada.  Estatal: establecimientos administrados directamente por el Estado.  Privada: establecimientos administrados por instituciones o personas particulares que pueden ser o no subvencionados por el Estado.  
Condición de formalidad: La educación puede ser formal o no formal.  Educación formal: Es aquélla que permite la movilidad vertical de los alumnos, esto es, acredita para continuar los estudios en el año/ciclo/nivel siguiente. También permite la movilidad horizontal, es decir, ofrece la posibilidad de continuar el proceso entre niveles educativos equivalentes.  Educación no formal: Es aquélla que complementa, amplía y/o satisface las necesidades educativas no atendidas o cubiertas por la educación formal. Cada servicio de la educación no formal puede tener su propia jerarquización y secuenciación independiente de la educación formal como así también de otros servicios de la educación no formal.  
Tipos de Educación:  Son las diferentes formas en que se organiza la educación formal en función de la población a la que se dirige, definida a partir de la edad de los alumnos, de sus necesidades educativas, o de sus inquietudes o motivaciones. Cada uno de los tipos de educación cuenta con una organización curricular específicamente diseñada, con modalidades pedagógicas particulares y una articulación interna en niveles de complejidad creciente. Los Tipos de Educación son: Común, Especial, Adultos y Artística. Educación Común: Se dirige a la educación de la mayor parte de la población, para la adquisición de los conocimientos, las destrezas y las capacidades que la estructura del sistema educativo prevé en los plazos preestablecidos y en las edades teóricas previstas. Los contenidos apuntan a la formación general y homogénea, permitiendo la especialización a medida que el alumno avanza en la complejidad y en los niveles educativos. Contiene los siguientes niveles: Inicial, Primario, Medio y Superior Universitario y Superior No Universitario (de formación docente y de formación técnico/profesional).  Educación Especial: Se dirige a las personas cuyos procesos de aprendizaje se ven dificultados por motivos de origen psico-físico y social, por lo cual, requieren atención educativa particular, ya sea de manera transitoria o permanente. Sus estrategias de enseñanza se caracterizan por una alta flexibilidad y por tanto variabilidad (sistemas diferentes de organización de contenidos, de evaluación y de acreditación), definidas a partir de la problemática específica que presenten los sujetos. Contiene los siguientes niveles: Inicial, Primario, Medio. Educación de Adultos: Son los procesos educativos organizados por los cuales jóvenes y adultos mejoran sus capacidades técnicas y profesionales, desarrollan sus habilidades o enriquecen sus conocimientos con los propósitos de completar un nivel de educación formal, adquirir o actualizar conocimiento y habilidades en un área específica. Contiene los siguientes niveles: Primario, Medio.  Educación Artística: Responde a la necesidad de aquellas personas que a partir de diferentes motivaciones, inquietudes e iniciativas demandan una educación en los diversos campos del arte. Contiene los siguientes niveles: Inicial, Primario, Medio y Superior Universitario y Superior No Universitario (de formación docente y de formación técnico/profesional).  
Nivel: Los niveles de enseñanza son los tramos en que se estructura el sistema educativo formal. Se corresponden con las necesidades individuales de las etapas del proceso psico- físico-evolutivo articulado en la del desarrollo psico-físico-social y cultural. Los niveles son: Nivel Inicial: Tiene por objeto la socialización y educación temprana y asistencia adecuada, que garantice la calidad de los resultados en todas las etapas de aprendizaje. En la Educación Común se orienta a niños/as de 45 días a 5 años de edad, siendo para aquellos de 5 años obligatorio. Nivel PRIMARIO: Tiene por objeto la adquisición de competencias básicas, la apropiación de conocimientos elementales y comunes, imprescindibles para toda la población. Nivel MEDIO: Profundiza el conocimiento en un conjunto de saberes según orientaciones científicas, técnicas, humanísticas, sociales etc. Nivel Superior: Es la formación académica de grado para el ejercicio de la docencia, el desempeño técnico, profesional, artístico o el conocimiento y la investigación científico- tecnológica a través de instituciones no universitarias y universitarias 
 Sección: Grupo escolar formado por alumnos que cursan en el mismo espacio, al mismo tiempo y con el mismo docente o equipo de docentes. Pueden estar cursando el mismo o diferentes grado. Sección Independiente: Las actividades de enseñanza corresponden a un mismo grado o año. Incluyen las independientes de recuperación (enseñanza personalizada), independientes mixtas (diferentes modalidades) e independientes semipresenciales. Secciones Múltiples: Las actividades de enseñanza corresponden a varios años de estudio. Incluyen las múltiples de recuperación, múltiples de multinivel y múltiples semipresenciales. 
Matrícula: Corresponde a la matrícula inicial y corresponde a la cantidad de alumnos matriculados según  situación al 30 de abril del año en curso. 
Planta funcional: (POF) Es el conjunto de cargos y horas cátedra asignados legal y presupuestariamente al establecimiento, estén éstos cubiertos o sin cubrir, independientemente de que quienes los ocupen estén en uso de licencia, comisión de servicio o tareas pasivas. Para los establecimientos privados, también incluye las horas y cargos no subvencionados o extracurriculares.   
Docente: A los fines del censo se considera docente a la persona que, con o sin título docente, cuenta con designaciones docentes (cargos, horas cátedra o módulos), cualquiera sea su situación de revista (titular, interino/provisorio, suplente o contratado) y que desarrolla alguna actividad (curricular o extracurricular) comprendida dentro de las siguientes funciones: dirección y gestión, frente a alumnos y/o apoyo a la enseñanza.  
Tipo de designación: Situación legal administrativa bajo la cual el docente desempeña sus actividades educativas. Se refiere a cada uno de los tipos de puestos de trabajo con que cuenta un establecimiento educativo, que tiene asignada una partida presupuestaria y un conjunto de tareas a desempeñar por una persona. Los tipos y número de cargos, horas cátedra y módulos están vinculados con la matriz curricular y las dimensiones del establecimiento. Las categorías son designación por cargo, designación por hora cátedra y designación por módulo.  Cargo: es el puesto de trabajo definido en función de una determinada carga horaria (organizada de acuerdo a horas reloj) y de determinadas tareas a desarrollar.  Hora cátedra: es la unidad mínima de tiempo (40-50 minutos) para desarrollar actividades de enseñanza–aprendizaje en un establecimiento educativo. La hora cátedra constituye la unidad de medida más frecuente para contratación del personal docente en los niveles Primario, Medio y Superior no universitario (aunque puede verificarse también en otros tipos de educación y ciclo/nivel). Las horas cátedra se destinan principalmente al dictado de clases, pero también pueden ser dedicadas a capacitación, actividades de extensión, investigación u otras. El conjunto de horas cátedra aprobado, así como la distribución de las mismas por materia se fundamenta en el plan de estudios respectivo. La distribución de dichas horas por docente es competencia del establecimiento educativo.  Módulo: es similar a la hora cátedra, pero su duración es de 60 minutos.  
Situación de revista: Son las distintas condiciones contractuales en las que puede estar prestando su servicio el personal docente, según la siguiente clasificación: 
Titular: es el personal docente que ha sido designado con carácter permanente en un cargo u horas cátedra mediante los mecanismos legales vigentes (fundamentalmente por concurso o resolución ministerial).  Interino (o provisional): es el personal docente que ocupa cargos u horas cátedra en forma transitoria porque no se han implementado los mecanismos legales para cubrirlo con la designación de un titular.  Suplente: es el personal docente que reemplaza con carácter transitorio en el cargo a un titular o interino, que se encuentra fuera del cargo.  Un mismo docente puede tener varias situaciones de revista si cuenta con más de una designación, ya sea en un mismo o en distinto establecimiento.  
Función educativa: Es el conjunto de tareas desarrolladas por el personal docente del establecimiento educativo o unidad de gestión escolar. Las funciones educativas pueden ser de dirección y gestión, frente a alumnos y de apoyo a la enseñanza.  Dirección y gestión: es la función que cumple el docente que dirige, supervisa, gestiona u orienta la prestación del servicio educativo. En el nivel Inicial, Primario y cumplen esta función el director, el regente, el vice-director, el sub-regente, el secretario u otro similar. En el nivel Medio y Superior No Universitario cumplen esta función el rector, el director, el vicerrector, el vice-director, el secretario y el prosecretario. En las unidades de gestión escolar son los inspectores, supervisores o quienes tengan un cargo similar a los que cumplen esta función.  Frente a alumnos: es la función que cumple el docente que imparte la enseñanza en forma directa y presencial (con los alumnos) y que tiene bajo su responsabilidad la conducción de las actividades pedagógicas del grupo escolar organizado. En el nivel Inicial, cumple esta función el  maestro de sala o aula. En Primario cumplen esta función el maestro de grado, maestro de área, maestros de materias especiales, maestro especial, maestro recuperador, reeducador u otro similar. En Medio y Superior No Universitario son los profesores de cada una de las asignaturas los que cumplen esta función. También se incluyen en esta función los maestros domiciliarios y los maestros hospitalarios. Apoyo a la enseñanza: es la función que cumple el docente que colabora con las actividades de enseñanza. En el nivel Inicial cumplen esta función los auxiliares de sala, el asistente educativo u otro similar. En el nivel Primario los bibliotecarios, asistentes sociales, asistentes educacionales, auxiliares docentes u otro similar son los que cumplen esta función. En los niveles Medio y Superior No Universitario la cumplen los asesores pedagógicos, auxiliares de laboratorio, preceptores, asistentes o similares. A los fines del censo se incluye también en esta función al personal docente que desarrolla tareas de capacitación, investigación y extensión, así como también a quienes participan en la elaboración de proyectos institucionales.  
Definiciones específicas: 
Antigüedad docente: Se refiere a los años de ejercicio de la docencia al momento del censo.  
Asistencia a cursos de capacitación: Se refiere a la asistencia a los cursos, seminarios, talleres o jornadas de capacitación con una duración mínima de cuarenta horas presenciales, en los últimos cinco años anteriores a la fecha del censo.  
Carga horaria semanal: Cantidad de horas semanales asignadas a un docente. Se contabilizan las horas que los docentes acumulan en el mismo o en distintos establecimientos, niveles educativos y/o funciones. Con fines operativos se ha asimilado la hora cátedra y el módulo a la hora reloj.  
Cargo docente: Cargo asignado en la planta orgánico-funcional para cumplir funciones de carácter pedagógico.   
Condición de actividad: Se refiere a las distintas modalidades en que un docente puede estar desempeñan-do su cargo: en actividad, en licencia, en comisión de servicios. Estas modalidades no son mutuamente excluyentes, de modo que un docente puede estar simultáneamente en varias situaciones si cuenta con varias designaciones en un mismo o en distintos establecimientos.
Docente en actividad: Es el personal docente que, al momento del censo, se desempeñan en el establecimiento, pertenezcan o no a la planta orgánico-funcional del mismo. Esta categoría contempla a todos los docentes que cumplen funciones de dirección y gestión, frente a alumnos y/o de apoyo a la enseñanza, así como a quienes ejercen tareas pasivas o están designados por horas cátedra. Incluye a titulares, interinos/provisorios, suplentes y contratados.  
Docente en licencia: Es el personal docente que, al momento del censo, se encuentra ausente temporalmente del establecimiento por razones previstas en las respectivas legislaciones jurisdiccionales, ya sean de salud u otras de carácter personal, o por ocupar un cargo de mayor jerarquía (en el mismo establecimiento o en otro). La licencia puede ser con o sin goce de sueldo de acuerdo con las reglamentaciones vigentes. 
Docente en comisión de servicio: Es el personal docente que, al momento del censo, se encuentra en forma temporaria desempeñando funciones en otro organismo del sistema educativo y en tareas distintas a las que fueron pactadas originalmente, pero sigue conservando su cargo en el establecimiento. Esta categoría incluye las adscripciones y los relevos funcionales.  
Docente de SNU de formación docente: Es el personal docente que se desempeña en establecimientos educativos superiores no universitarios cuyo objetivo específico es formar docentes, generalmente profesores y maestros.  
Docente de SNU de formación técnico-profesional: Es el personal docente que se desempeña en establecimientos educativos superiores no universitarios cuyo objetivo específico es formar técnicos y profesionales en algún campo determinado. 
Docentes en situaciones especiales: Al clasificar a los docentes según el nivel de enseñanza en el cual se desempeñan se han incluido en esta categoría a los docentes en cargos de dirección y gestión y/o de apoyo a la enseñanza afectados a más de un nivel en un mismo establecimiento educativo o unidad de gestión escolar, y a los docentes a cargo de una sección con alumnos de más de un nivel de enseñanza (generalmente escuelas rurales).  
Frente a alumnos: En la presentación de resultados del Censo 2004 se  ha puesto especial interés a esta función.  
Máximo nivel educativo alcanzado: Se refiere al último nivel de enseñanza cursado, haya sido completado o no.  
Postítulo: Es el estudio que acredita la profundización y actualización sistemática en la formación docente y/o técnico-profesional.  
Tipo de formación (del docente) y título: Con título docente: incluye a los docentes que se capacitaron para el ejercicio de la docencia (maestro, profesor egresado de instituciones terciarias no universitarias o universitarias).  Sin título docente: incluye a los docentes que desempeñándose como tales no se capacitaron para el ejercicio de la docencia (Técnico/profesional de SNU y Técnico/profesional universitario).
Fuente:

DiNIECE (Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa).