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REPUBLICA ARGENTINA

viernes, 9 de marzo de 2012

Junta de Clasificación Educación Secundaria

JURISDICCIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN:


La Junta de Clasificación de Educación Polimodal, es un organismo del Consejo Provincial de Educación por Estructura Orgánica Funcional (Acuerdo Nº 109 -18/06/97) dependiente funcionalmente de la Secretaría de Coordinación Operativa. Tiene jurisdicción sobre los docentes que imparten enseñanza en el Nivel Polimodal, en la Escuela Agropecuaria, en las Escuelas Industriales, en la Escuela de Biología Marina, en las Escuela de Jóvenes y Adultos (EDJA) en el Centro Polivalente de Arte, en el Conservatorio de Música, establecimientos dependientes del Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Santa Cruz.

OBJETIVOS Y FUNCIONES: (Son los indicados en la Ley 14.473 Artículo Nº 10, inciso II D. 8.188/59)
La Junta de Clasificación de Educación Polimodal tendrá a su cargo:
a) El estudio de los antecedentes del personal y la clasificación de éste por orden de mérito, así como también la fiscalización, conservación y custodia de los legajos correspondientes; b) Formular las nóminas de aspirantes a ingreso, a acrecentamiento de clases, semanales, interinatos y / o suplencias; c) Dictaminar en los pedidos de traslados, permutas; d) Considerar la petición de permanencia en actividad de los docentes que hayan cumplido las condiciones requeridas para la jubilación ordinaria; e) Pronunciarse en las solicitudes de becas de docentes; f) Designar un miembro de los jurados y proponer a los concursantes una lista de la cual éstos elegirán los restantes; g) Participar en Comisiones Ad- Hoc constituidas por organismo del Consejo Provincial de Educación; h) Asesorar en el aspecto técnico en todo evento convocado por las autoridades del Consejo Provincial de Educación.
Son deberes y obligaciones de la Junta de Clasificación de Educación Polimodal: a) Mantener en orden, debidamente actualizados y clasificados los legajos de los docentes, empleando al efecto un sistema informático adecuado y llevar un registro histórico de los listados; b) Proponer a las autoridades del Consejo Provincial de Educación el nombramiento del personal administrativo necesario para desarrollar una labor eficiente, reclamar asimismo el mantenimiento de todos los elementos de trabajo; c) Responder en tiempo y forma los requerimientos administrativos y legales de su competencia.